Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Lo primero Felices Fiestas a la comunidad!
agradecería quien aclarase mi duda. Gracias
Hola Mluz:
Sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Conviene añadir que esa prórroga (tácita reconducción) será anual o mensual si el alquiler quedó pactado por años o por meses.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57 € por minuto desde móvil).
Despues de 8 años, se puede hacer otro contrato, o, si no se hace, se va prorrogando el original.
saludos - Papeleos Alquiler.