Valentina, de entrada le recomiendo que lea
EL DECALOGO DEL CASERO , ya que, lamento decirlo, la veo un poco perdida en estas cuestiones.
No es necesario hacer constar la necesidad del dueño en un contrato firmado en 2015.
No es que quiera preavisar para evitar que le lleven a juicio, es que es obligatorio ese preaviso con dos meses de antelación, luego si el inquilino no se aviene a marcharse tendrá vd que llevarle a juicio.
Sin embargo lo mas preocupante para vd es que la ley dice: No procederá la prórroga obligatoria del contrato si,
Ello cabe interpretarlo en el sentido de que deberá vd esperar a Diciembre para denegar la prórroga obligatoria a su inquilino, por necesidad de la vivienda.
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