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Daniela Ferreira

inquilino/a

¿Se puede desistir de un contrato de un año antes del tiempo?
He firmado un contrato de un año con una compañera de la universidad pero la convivencia entre las dos es imposible. Le he notificado que me quiero ir del piso hace un mes, y ella quiere continuar en el. Una vez que el contrato nos reponsabiliza al 50% cada una y ella quiere seguir aquí, qué puedo hacer para renunciar? hay alguna ley que me obligue a vivir con alguien que no quiero a pesar del contrato? Qué puedo hacer? Además como ella me había dicho que se quedaría en nuestro actual piso yo ya alquilé otro para mi sola, y ahora que ella se niega a pagar el 100% y/ o a meter otra persona, no tengo posiblidades económicas de pagar los dos. Alguien me puede ayudar?
  • Preguntado por: Daniela Ferreira
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Eduardo Llarena ha sido el primero en contestar
Eduardo Llarena ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Guimaraens Abogados

    profesional

    Apreciada Daniela:

    Tu situación es incómoda jurídicamente hablando. La recomendación anterior es una posible actuación pero no te asegura nada. Cuando firmas un contrato, se firma para cumplirlo y por tanto, estás obligada a cumplirlo integramente y no lo puedes resolver unilateralmente. El propietario, por tanto, te podría exigir el cumplimiento del mismo y el pago de cada una de las mensualidades. Si por el contrario opta por la resolución, podría exigirte al menos la cantidad correspondiente al tiempo en que tardaría en volver a arrendar la vivienda.

    Así pues, te recomiendo que intentes negociar con el propietario y tu excompañera para que te permitan abandonar el contrato. Si ésta se niega, intenta al menos que el propietario admita que no pagues tu parte o que te permita que pagues menos justificando que no vas a habitar la vivienda. De todas formas es una cuestión de negociación. Sin su aprobación, tendrás que pagar el año al que te comprometiste.

    Un saludo,
    Guimaraens Abogados
    Bufete especializado en arrendamientos en general y en desahucios en particular
    Tramitamos procedimientos en toda España
    Teléfonos: 93 4879483 – 655085046
    C/ Balmes nº 84 4ºB Barcelona
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Le aconsejo que envíe una carta por burofax a la propiedad comunicando su marcha del piso, indicando la fecha. La propiedad está en su derecho de conservar su parte de fianza, que usted podría reclamar a la otra arrendataria.

    www.asistencialegal.net
    asistencialegal1.blogspot.com
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