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Está obligado el inquilino a pagar los 6 meses mínimos de alquiler pactados en el contrato firmado, si a la semana de firmar el contrato dice que no se muda porque se oye el ruido de la calefacción de un local que hay en el bajo de la vivienda.
Está el casero obligado a rescindir el contrato y devolverle la fianza.
Está obligado el inquilino a pagar los 6 meses mínimos estipulados en el contrato recien firmado, aunque no se mude a la vivienda.
Hola ana
coincido con las respuestas anteriores.
reciba un cordial saludo.
Y por lo tanto tendrá que pagar o bien los 6 meses, o bien la cantidad que figure en el contrato de arrendamiento (si la hubiera) por desistimiento de contrato.
Si el casero le demanda, lo más probable es que se lleve la razón.
Ambas partes estan obligadas a cumplir el contrato.
Los ruidos del local son denunciables ante el ayuntamiento y en todo caso, puede el afectado demandar al causante de los mismos por daños y perjuicios, pero para ello precisará de una contundente prueba pericial.