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Mi inquilino dejo a deber unos 5000 euros los cuales se hacen constar en la sentencia de deshaucio que fue en septiembre del 2011.
Me gustaría saber si a la hora de la declaracion de la renta estos "ingresos no cobrados" se tienen que declarar y de que forma.
Muchas gracias
Efectivamente esos alquileres deben figurar como 'de imposible cobro' y por lo tanto no susceptibles degravamen fiscal.
Le sugiero la lectura de mi bloghttp://www.pedrohernandezabogado.com/y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
Debe hacer mención en su declaración de renta de dicha circunstancia para que hacienda lo tenga en cuenta y solo tenga que tributar por las rentas efectivamente cobradas.