Ante todo debe tener en cuenta que si no ha sido su vivienda habitual tres años deberá devolver las deducciones practicadas con sus intereses.
Si alquila la vivienda podría deducir como gasto los intereses de la hipoteca, debe tener en cuenta que si al inquilino es menor de 35 años podrá reducir el 100% de los ingresos obtenidos.
Le recomiendo lea
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2008/10/el-tratamiento-fiscal-de-los.html