Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Bueno,
Resulta que se me fué una buena inquilina por culpa de un vecino que también vive en un piso mío. Ahora he alquilado otra vez y la nueva inquilina no para de quejarse de ellos, como no quisiera perderla otra vez he pensando que no renovaré el contrato de los inquilinos molestos. Me podrían decir qué tengo que hacer? el contrato vence en marzo, yo he pensado en mandarles un burofax, pero ¿Y si no se quieren ir ? ¿Tendré que ir a un abogado etc? ¿Cuánto me puede costar?
Dudo mucho que solamente con el testimonio de un convecino el Juez decida resolver un arrendamiento por incumplimineto del arrendatario.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Si entra en un procedimiento judicial para desahuciar al inquilino molesto, será necesario que acredite haberle comunicado por burofax la causa de la extinción, incluso sin necesidad de llegar a la prórroga, pues esta fecha es decisiva para el inquilino pero no para el propietario, es decir, los incumplimientos nada tienen que ver con la prórroga.
También será decisivo el testimonio del inquilino que se queja del molesto, por eso es imprescindible sondearle al respecto, no sea que llegado el caso no se atreva a testificar ante el juez el contra de su vecino por temor a que le complique más la convivencia, estas cosas pasan.
La verdad que el no comportarse correctamente o recibir denuncias de tus inquilinos puede ser motivo de resolución del contrato antes de tiempo, pero eso solamente lo puede decidir un juez. En todo caso mejor que te lo asegure un buen experto de la comunidad
¿Y si tengo las denuncias que le pone mi inquilina actual y una firma de la que se fué anteriormente por su culpa ? ¿Con eso no es más fácil desahuciarles ?.
Gracias por su rápida respuesta.
Si el contrato es de vivienda habitual, tendrá que respetar las prórrogas que marca la ley: cinco años desde la firma, y si en ese momento no indica su voluntad de no renovar, tres años mas. Durante esas prórrogas, sólo los inquilinos pueden optar por no renovar el contrato.
Si se encuentra próximo a la finalización de estas prórrogas, basta con que le indique, con una antelación mínima de treinta días, su voluntad de no renovar el contrato.
Si, una vez avisados, no se quieren ir, tendría que iniciar un procedimiento judicial.