¿Qué derechos tengo como inquilina si el propietario quiere vender el piso antes de finalizar el contrato de 5 años?
El contrato se firmó hace un año, no me han puesto una "fecha límite" poque de momento lo están visitando posibles compradores previo aviso del señor de la inmobiliaria, cosa que aunque no me moleste no sé si se puede hacer estando yo viviendo. El problema es que dejaría de cobrar por un tiempo la ayuda de la emancipacion del gobierno (los 210 euros) ¿Tengo derecho a recibir alguna indemnización a parte de la fianza si me marcho?
Preguntado por:
Usuario dado de baja
Hace 15 años
Categoría: Caseros
Respuestas (6)
//Mfan ha sido el primero en contestar Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
Siempre es mejor llevarse bien con el propietario, así que debes de llegar a un acuerdo con éste para la indemnización que te corresponde como el último mes no se lo pagas para que puedas darlo en otra vivienda que encuentres.
Si el contrato se firmo hace una año entiendo que la duracion del mismo que has firmado sea de un año, ¿no? Si es así,se renueva automáticamente a 5 años sin falta de firmar un contrato nuevo y de ahí no te mueve, en los proximos 5 años ni los GEOS. Y no des permiso para nada, el piso es tu propiedad el tiempo que diga el contrato, osea, 5 años. Si no te hacen caso y entran igual los puedes denunciar por allanamiento. Así está la cosa. Más les vale negociar y compensarte econoómicamente, tienes todas las de ganar.
No entiendo lo de "fecha límite". ¿quiere decir contrato sin fecha?
Ley de arrendamientos urbanos 1994: "Artículo 37. Formalización del arrendamiento Las partes podrán compelerse recíprocamente a la formalización por escrito del contrato de arrendamiento. En este caso, se hará constar la identidad de los contratantes, la identificación de la finca arrendada, la duración pactada, la renta inicial del contrato y las demás cláusulas que las partes hubieran libremente acordado."
En primer lugar, si usted quiere puede no dar permiso a que visiten su piso, cosa que me parece lo más normal del mundo, puede negarse, e incluso puede cambiar la cerradura sin ningún problema. Personalmente jamas dejaría entrar a nadie en mi piso en mi ausencia.
Segundo, usted no está obligada a marchar del piso hasta el 5º año si cumple sus obligaciones, si usted, por el motivo que sea, decide llegar a un acuerdo cuando el propietario tenga la compra resuelta puede negociar lo que quiera, en este caso puede hacer fuerza mostrando la intención de permanecer los 5 años. Como digo, es libre de negociar lo que prefiera.
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