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AnaMorales

casero/a

Tengo derecho ha quedarme con la fianza?, pero no sé si toda o parte por ser un contrato de 9 meses

Hace 2 meses alquilé un piso y la inquilina me avisa con 10 días de su intención de dejarlo, el contrato es de 9 meses y en el contrato específica que debe avisar con un mes de antelación y siempre y cuando hayan transcurrido 6 meses, la fianza es de  2 meses porque está amueblado, ?a qué tengo derecho? A quedarme los 2 meses de fianza, 1 mes de fianza o la parte proporcional que correspoda de un mes por 9 meses de contrato? Muchas gracias 

  • Preguntado por: AnaMorales
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (10)
Josep Térmens Viñas ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Ana:

    Resumiendo: Redacción de documento de resolución de contratoy entrega de llaves en el que se expresará el desistimiento del arrendatario, la pérdida de un mes de fianza como indemnización  a causa del mismo, la lectura de los contadores, el estado de entrega de la vivienda y la devolución total o parcial de un mes de fianza cuando se hayan abonado las facturas de los suministros.

    Para evitar malentendidos furutos le sugiero que el citado documento sea redactado por un/a profesional experto/a en arrendamientos urbanos.

    reciba un cordial saludo.

       http://letradosalquileres.es.tl

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Ana Morales lamento si la he confundido, voy a resumir

    Tiene dos opciones:

    A) La erronea y aparentemente ms sencilla: Dar por terminado el contrato y quedarse con la fianza sin mas.

    B) Firmar un documento de fin de contrato en el que se haga constar el incumplimiento del inquilino y su derecho a ser indemnizada siendo la fianza la primera partida de esa indemnización.

    Efectos: Si adopta la solución B) y la inquilina le pone un pleito de reclamación de la fianza deberá devolverla con intereses y posibles costas, si adopta la B) Podrá reclamar además d la fianza los meses que tarde en alquilar de nuevo esa vivienda.

    Vd misma.

    En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas,  estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • usuario eliminado

    AnaMorales: no se preocupe, está perfectamente bien redactado. Vuelvo a insistir en que no se preocupe. Quédese con el mes de la fianza.

    Con respecto a la duda del post de Josep, ahora le contestará él con más exactitud que para es el autor del post, pero yo creo que Ud. si que puede hacer lo que dice.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Yo opino como pholmo, a lo que tiene derecho el arrendador es a una indemnización, la cual si no se paga se retendrá de la fianza.

  • AnaMorales

    casero/a

    Gracias León, no sé qué haré al final, tampoco creo que pleitee, por eso ha sido el preguntar y saber si estoy en mi derecho, en el contrato lo pone claramente, avisar  30 días de antelación y siempre después de los 6 meses, y en el mismo contrato pone que si no pierde la fianza, no sé sí está mal redactado y tendria que poner indemnización de dos meses pero es lo que se puso y la fianza es de dos meses, así que ya veremos a ver como finalizo esto, la verdad es que es un trastorno volver a tener que enseñar el piso y todo eso... Gracias por tu ayuda

  • AnaMorales

    casero/a

    Buenas tardes, gracias a todos por vuestras respuestas, al último post de Josep, comentarle, que después de leer su comentario con respecto a lo que es una fianza, me crea una duda, mi intención será hablar con la inquilina, para llegar a un acuerdo, pero entiendo que sí llegamos a un acuerdo debería dejarlo por escrito, y mi intención es solicitarle por lo menos un mes de indemnización que supongo será lo que me cueste volver a encontrar inquilino como minimo, pero esa indemnización si el piso está correctamente se podría coger de la fianza y devolver lo sobrante?

  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No tiene derecho "a quedarse con la fianza" si la inquilina incumple el contrato puede exigir una indemnizacion y si llega a un acuerdo con ella la fianza podrá ser el pago de esa indemnizacion,total o parcial,

    Pero si no llega a un acuerdo conviene dejar constancia escrita del incumplimiento y de que conserva en su poder la fianza para compensar la indemnizacion por este motivo.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

  • usuario eliminado

    AnaMorales: habría que leer el contrato para darle una respuesta totalmente segura, pero por lo que dice considero que tiene derecho a exigir a la inquilina las rentas correspondientes a los primeros 6 meses.

    Si ha pagado 2 tiene derecho a 4. Si tiene fianza de 2 meses podría quedarse con esa fianza y exigir otros dos meses más.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
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