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Hola vivo en un piso antiguo aunque en una zona privilegiada, pago 600e de alquiler en un piso sin muebles y en mal estado, le he dicho a mi casera que me baje el alquiler pero ella se niega, ¿tengo algún derecho? En la zona los alquileres han bajado bastante pero su respuesta es siempre una negativa, ella esta contenta con nosotros porque somos muy puntuales y hemos hecho mejoras en el piso pero no nos hace un descuento, ¿qué puedo hacer?
Sr. perez, me pongo de luto por los propietarios, el primero el poca vergüenza de mi casero.
Me encanta que se den guias para seguir tomando el pelo a los propietarios y a los inquilinos. Yo pregunto, y si en mi caso que soy propietario, y tengo a un inquilino que me esta pagando como le da la gana, despues de hacerle todas las reparaciones que me pidio, y amenazarme, y decirme miles de cosas, que hago. Tienes ustedes alguna solución sin acudir a tribunales, ya que estos al final le dan la razón a nuestros inquilinos. O sea, tengo a un h--- de la gran p---, amargandome la vida, y yo me lo tengo que aguantar.
Hola:
Pues yo soy propietaria de un piso lo tengo alquilado a un precio bajo pero el inquilino cumple y cuida la vivienda, yo preferiria llegar a un acuerdo con el y no vivir "aventuras" con inquilinos que me han dado problemas, yo se lo expondría y que se adecuase al momento en que vivimos en el que yo tuve que bajar mis expectativas para alquilar
El artículo 19 que se menciona abajo hace referencia a la subida del alquiler que puede hacer el casero cuando hace mejoras y estipula todas las condiciones que se deben cumplir para hacerlas.
Respecto a que el inquilino haga mejoras en el piso, hay que tener en cuenta lo que dice el artículo 23 de la misma LAU de 1994:
"Artículo 23. Obras del arrendatario
1. El arrendatario no podrá realizar, sin el consentimiento del arrendador, expresado por escrito, obras que modifiquen la configuración de la vivienda o de los accesorios a que se refiere el apartado 2, del artículo 2, o que provoquen una disminución en la estabilidad o seguridad de la misma.
2. Sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato, el arrendador que no haya autorizado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el contrato, que el arrendatario reponga las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que éste pueda reclamar indemnización alguna.
Si las obras han provocado una disminución de la estabilidad de la edificación o de la seguridad de la vivienda o sus accesorios, el arrendador podrá exigir de inmediato del arrendatario la reposición de las cosas al estado anterior. "
Y sobre el punto inicial de tu pregunta: La rebaja de tu alquiler. Te remito a que leas este post del blog que te aclarará las ideas sobre cuáles son tus derechos y obligaciones al respecto: Cómo pedir a tu casero que te baje el alquiler Básicamente te puedo decir que:
1.- Si ahora no se cumple una anualidad de tu alquiler tu casera no está obligada a revisar tu alquiler.
2.- Durante los primeros cinco años de alquiler tu casera sólo está obligada a subir o bajarte el alquiler según sean las oscilaciones del IPC. Y esto lo debe hacer en la revisión anual del alquiler.
3.- Negocia con tu casera, dile que eres un buen inquilino y que si no está dispuesto a oírte, que te vas a ir del piso y que no le conviene perder un inquilino. Tu casera te puede decir que si te vas antes de la finalización del contrato que te puede pedir que le pagues las rentas pendientes hasta que encuentre un nuevo inquilino y tu le puedes contestar que te merece la pena por encontrar un piso más barato y en mejores condiciones (es un farol, pero ya verás como entonces te escucha, porque si te quiere reclamar esas rentas y tú no estás dispuesto a pagarlas, ella tendrá que meterse en líos de juicios)
Artículo 19. Elevación de renta por mejoras
1. La realización por el arrendador de obras de mejora, transcurridos cinco años de duración del contrato le dará derecho, salvo pacto en contrario, a elevar la renta anual en la cuantía que resulte de aplicar al capital invertido en la mejora el tipo de interés legal del dinero en el momento de la terminación de las obras incrementado en tres puntos, sin que pueda exceder el aumento del 20 por 100 de la renta vigente en aquel momento.
Para el cálculo del capital invertido, deberán descontarse las subvenciones públicas obtenidas para la realización de la obra.
2. Cuando la mejora afecte a varias fincas de un edificio en régimen de propiedad horizontal, el arrendador deberá repartir proporcionalmente entre todas ellas el capital invertido, aplicando, a tal efecto, las cuotas de participación que correspondan a cada una de aquéllas.
En el supuesto de edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, el capital invertido se repartirá proporcionalmente entre las fincas afectadas por acuerdo entre arrendador y arrendatarios. En defecto de acuerdo, se repartirá proporcionalmente en función de la superficie de la finca arrendada.
3. La elevación de renta se producirá desde el mes siguiente a aquel en que, ya finalizadas las obras, el arrendador notifique por escrito al arrendatario la cuantía de aquélla, detallando los cálculos que conducen a su determinación y aportando copias de los documentos de los que resulte el coste de las obras realizadas.
Yo me imagino que Alicia se refiere a esto y ha mezclado dos cosas distintas. Si dentro de los primeros cinco años el inquilino hace mejoras sin consentimiento, éstas se quedan en el piso, pero no por ello el propietario puede subirle el alquiler. Eso es a partir del sexto año y una proporción, no toda la obra.
Muchas gracias estoy buscando piso y creo que hay bastante de donde elegir, es solo pensar en la mudanza y me da el bajon, preferiria que ella me bajase el alquiler pero si no quiere pues que se la va a hacer, muchas gracias a tod@s..!!
Si es una zona privilegiada dudo mucho que hayan "bajado bastante". Tienes que ser razonable, el piso ya estaba viejo cuando lo alquilaste. Te va a costar encontrar otro piso en el que estés a gusto. No todos los propietarios dejan hacer reformillas.
Tengo entendido que si haces mejoras en un piso de alquiler, el casero tiene derecho a pedirte mas dinero y que tu pierdes las mejoras, se quedan como parte del piso. Así que no le insistas mucho no vaya a ser que en la próxima renovación te pida mas. Estoy de acuerdo con Amparo, mira, compara y si encuentras algo mejor, vete.
¿tengo derecho a perdir que nos baje el alquiler?
Si tienes derecho a pedirlo.
Pero ella también tiene derecho a negarse.
¿que puedo hacer?
Si en la zona hay pisos mejores y más baratos - lo suficientemente mejores y más baratos como para que te compense mudarte - yo lo tendría claro, cuando vaya llegar el próximo vencimiento del contrato, avisas 30 días antes, y te vas a otro piso.
Saludos - Papeleos Alquiler