El ingreso de las fianzas hay que hacerlo por
ley, no por ningún otro motivo.
En el caso de Madrid, por la Ley 12/1997, de 4 de junio.
Es muy fácil recuperarla. Desde que la solicitas, tarda casi exactamente 30 días en estar abonada en tu cuenta.
Si no la ingresas, y te pillan, la sanción puede ser desde el 5 al 25% del importe de la fianza no depositada, con un tope de 6.010,12 €, si la infracción es
leve, y del 26 al 50%, con un tope de 90.151,82 €, si la infracción es
grave (fuente IVIMA)
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