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Hola!
Finalmente parece que encuentro inquilino. Entrarían en Noviembre, pero quiero asegurar que no se echen atrás.
Había pensado firmar el contrato y reflejar que la fecha de entrada en la vivienda será Noviembre y el pago del mes se realizará a inicios de Noviembre, pero la fianza se deposita en el acto de la firma del contrato.
¿esto se puede hacer asi?
Gracias,
Un saludo
Adelaida coincido con mi compañero Pelayo en cuanto a que no debe utilizar un modelo de copia y pega para lo que pretende ya que el resultado podría ser contraproducente para Vd.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Buenas noches,
Tal y como le indican, puede hacerse perfectamente. No obstante, le aconsejaría que le redactaran un contrato de arrendamiento personalizado, valorando las distintas implicaciones.
El diferimiento entre firma y entrega de posesión del inmueble arrendado se puede configurar de varias formas (condiciones suspensivas, obligación a término, etc.). Además, el contrato "estándar" que tienen las partes en mente en estos casos es una simple "señal", que puede entenderse como unas arras.
Por ello, debe acudir a un abogado que le asesore y le redacte un contrato específico para su caso. En este foro hay unos cuantos especialistas.