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por tramites de imigracion, incluso dice que nunca he vivido en su casa y que no tengo pruebas, necesito ayuda urgente
Es que podría Ud. Intentar aplicar el art. 37 lau, a cuyo tenor:
"las partes podrán compelerse recíprocamente a la formalización por escrito del contrato de arrendamiento. "
por eso le preguntaba que como pagaba.
Regina41: ¿como paga Ud. En mano o por el banco?
"vivo en su vivienda" ¿ en una habitación o en la casa completa?
Los recibos de los pagos de la renta durante estos cinco años deberían servir como prueba de que existe un contrato verbal de arrendamiento. El funcionario de la oficina del padrón debería saberlo, y, si no lo sabe, pida usted hablar con su supervisor o con alguien "que sepa"
Saludos - Papeleos Alquiler.