Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
No tengo muy claro, si dentro de los tres años de prórroga yo como propietario o bien el inquilino puede en algún momento rescindir el contrato, o solo esa opción se contempla para el inquilino y yo como propietario no puedo hacer lo mismo, gracias.
durante los tres años posteriores a los cinco primeros rige el mismo criterio que en los tres anteriores: el contrato se renueva anualmente, salvo que el inquilino diga, con un mes de antelación al cumpleaños del contrato, que no quiere renovar.