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Hola, gracias por tener este blog tan util.
Una persona que quiere alquilar mi piso (es mi vivienda unica) me pide que lo declare para poder el (siendo autonomo) desgravarselo.
para mi seran unos ingresos de 6000euros al anio (que van para la hipoteca casi enteramente.). Yo vivo y estudio fuera del pais y no tengo otros ingresos en Espana. SI lo tengo que declrara¿sera declaracion trimestral, anual) y de que importe mas o menos hablamos.
Gracias,
He leido el texto juridico aqui, pero es algo complicado y prefiero tener un respuesta concreta.
Atentamnete,
si el caso es como describes (siempre que el alquiler sea para uso de vivienda. En los contratos que yo hago siempre pongo una clausula en la que se prohibe cualquier actividad economica y/o comercial en el piso) y no tienes más ingresos que declarar en España deberás hacer la declaracion del I.R.P.F. anualmente y posiblemente no tendrías que pagar nada. lo mejor sería que consultes a un asesor fiscal, quien por muy poco dinero ( no creo que llegue a 60€) te hará una simulacion de la declaracion que tendrías que hacer y sabrás exactamente si tienes que pagar algo y cuanto sería.
Si se trata de un alquiler para montar una oficina o algo similar tienes que repercutir el I.V.A. (18%) y debes ingresarlo trimestralmente en hacienda, y tu inquilino te tiene que retener el 19% del alquiler y hacer lo mismo (ingresarlo trimestralmente en hacienda). Para recuperar ese 19% tienes que hacer la declaracion anual del I.R.P.F. (que seguramente te saldrá a devolver).
No se si me he explicado bien..... ahora lo leo y es un poco lioso. Espero que te sirva de algo.
Lo dicho consulta con un asesor fiscal, creo que es lo mejor para evitar sorpresas en el futuro.