Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Alquilé un piso con un contrato por un año y a los 5 meses los inquilinos se marchan. ¿Tengo obligación de devolver la fianza?
Hola Eva:
Según mi criterio, ante la pretensión de resolución unilateral por parte del arrendatario,puede ocurrir :
1. Que el arrendador la acepte sin reserva, dando lugar a la resolución bilateral y de mutuo acuerdo, lo cual no conlleva otras consecuencias que la extinción del contrato y de las obligaciones recíprocas que de él se deriven.
2. Que el arrendador rehuse la entrega de y exija el cumplimiento del contrato judicialmente.
3. Que el arrendador acepte las llaves dando por resuelto el contrato, pero documentando que la resolución ha tenido lugar por la exclusiva voluntad del arrendatario, para ejercitar una acción de resarcimiento de daños y perjuicios.
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
Puedes ademas demandarle por incumplimiento de contrato.
pablo.
La única obligación existente,es la del inquiilino a estar por lo menos un año,como no ha estado ,le puedes y debes penalizar con dicha fianza, más los meses restantes hasta fin de los doce meses ,o hasta que se vuelva a alquilar.