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Tengo un piso de dos dormitorios y dos baños alquilado a dos chicos. Hay una avería bastante grave que supone inutilizar un dormitorio y un baño durante unos 10 días, y además han tenido que cortar el agua para un par de días. Yo he puesto a disposición de mis inquilinos otro piso con un dormitorio para el tiempo que dure la reparación, pero me plantean, además, que tendríamos que renegociar la renta, o darles algo como indemnización por las molestias. ¿es razonable? y ¿en qué cantidad? ellos pagan 800€ al mes
en realidad, la avería se debe a una instalación defectuosa de la fontanería del piso: pierde agua, así que no es tan accidental, pero claro, tampoco es culpa mía. Gracias por la respuesta.
De hecho, los inquilinos están obligados a soportar las obras, por molestas que estas puedan ser, hasta 20 días. A partir de esa fecha, ellos pueden reducir el alquiler de forma proporcional con la superficie que dejarían de poder utilizar de la vivienda como consecuencia de las obras hasta su finalización.
Si usted ha puesto otro piso a disposición de los inquilinos, ya ha hecho más de lo que debía de acuerdo con la LAU, por lo que no procede indemnización alguna, en tanto en cuanto la avería es accidental.
Saludos cordiales.