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He alquilado un piso a un matrimonio que no me paga. El antiguo inquilino ha fallecido y el suministro de la luz está a su nombre. Puedo decir a sus hijos que den de baja la electricidad? y así por lo menos conseguir que se den ellos el alta de la luz y la paguen?. Me pueden denunciar a mi por coacciones? En el contrato pone literalmente ...."Será de cargo y cuenta del arrendatario llevar a cabo tanto con el Ayuntamiento como con las compañías de electricidad y telefonía, los respectivos contratos de suministro de agua, energía, electricidad, y teléfono, así como el pago de los correspondientes recibos de estos consumos.".....Asimismo me pasa con el agua...
El impago de los suministros es causa de desahucio, por lo que puede iniciar YA el procedimiento de desahucio para echarlos de la casa.
Además, si se da de baja el suministro de la luz, para cursar una nueva alta la compañía eléctrica le exigirá cumplir una serie de requisitos, por lo que es posible que se alargue muchísimo el proceso de alta (o que incluso sea necesario realizar reparaciones en la instalación eléctrica, si es muy antigua).
Por lo que se refiere a las coacciones, efectivamente podrían denunciarle por ello, aunque Ud. deberá demostrar que el corte ha obedecido a la voluntad de los herederos del anterior titular al "poner orden en los papeles", y no a una solicitud por su parte.
Un saludo,