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Divina

casero/a

¿Cuánto tiempo tienen los inquilinos para recurrir respecto a la disconformidad del resto de fianza?

Buenas, mi duda es la siguiente se le dio aviso a los antigüos inquilinos de que ya teníamos la relación de facturas de desperfectos y el liquido que había quedado para que pasaran por la gestoría a recoger el dinero sobrante y las facturas, pero reaccionaron muy mal y ahora no dan señales de vida, Cuánto tiempo disponen legalmente para que ellos puedan reclamar por vía judicial o algo por el estilo., porque estoy guardando nevera y lavadora como prueba del estado en q la entregaron pero no puedo demorarlo por mucho más tiempo.

Gracias,

  • Preguntado por: Divina
  • Hace 15 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    Entiendo que en la contestación  dada ( después del mes  posterior  a la finalización del contrato)  no está nada regulado según la L.A.U.

    Si la pregunta fuera  la prescripción sería otro cantar: 30 años.

  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Manuel Jose, das mucha información, pero no contestas a la pregunta...

    No sé el tiempo que tienen para denunciarte (si este motivo prescribe o no). Pero si guardas pruebas de lo que ha pasado, no tendrías porque preocuparte, ni guardar los electrodomésticos. Me explico:

    Como bien te ha indicado Manuel Jose, tienes que entregar la fianza 30 días después de que te devulevan las llaves / firmen el papel de fin de contrato. Avísales por burofax de que lo tienes preparado, que se pueden pasar a recogerlo a la dirección que sea, y que se les descuenta el importe X por conceptos de... (lo que sea). Y que junto con la fianza se les entregará la copia de las facturas que justifican esos gastos.

    Respecto a los destrozos, tomas fotos de todo (no creo que haga falta que esté un notario delante) y las guardas, junto con las facturas, como en oro en paño.

    Eso sí, no les podrás descontar nada que no estén en las facturas. Y las facturas tienen que estar a tu nombre.

    Si tienes ésto en cuenta no te debería preocupar si te denuncian ni cuando lo hagan porque tu tendrás las espaldas cubiertas.

  • manuel josé

    casero/a

    La normativa dice que vd. devolverá fianza (si la hay) un mes después de la firma del documento de final de contrato. Ellos si no están conformes demandarán después.  En ese mes VD.  comunique el  reunirse por burofax con acuse de recibo (si no figurara en el documento de final de contrato) para la devolución de la parte fianza y facturas de desperfectos. Saludos,

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