Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Cómo saberlo para decidir si queremos continuar?
Hola Angelin:
Sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura de los siguientes enlaces:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Si cumples el año, solo te pueden aumentar el ipc anual hasta el 5º año.
Si lo que te cumple es el 5º año, si no hay notificación por parte dela arrendador, siguirás pagando lo mismo (con la subida del ipc si te la notifica a lo largo del nuevo año, y a partir de dicha notificación), pero si que puedes recibir notificación, pidiendote un nuevo contrato de arrendamiento con nuevas condiciones. Tu estás en tu derecho de aceptar y quedarte, o bien de no aceptar e irte.
Hola,
Cuando un contrato "se acaba" y corresponde firmar uno nuevo, las partes deben sentarse y negociar. Aquí todo -Casi- es posible: que les suban el alquiler, que lo bajen, que cambien las condiciones, etc.
ustedes también son libres de aceptar o no lo que les propongan (o hacer alguna contraoferta interesante).
lo más conveniente para saber si les suben o no es preguntarle al casero.
suerte.