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Como estoy viendo que mi nuevo inquilino me va a dar problemas quiero curarme en salud. Al anterior ya tuve que deshauciarlo, pero no estaba esta nueva ley. Me dejo a deber más de un año de alquiler, cuatro meses de luz, nueve meses de agua y multiples desperfectos en la vivienda. Si este me da problemas no creo que vuelva a alquilar si no puedo tener máximas garantias.
Coincido con la respuesta de mi compañero. La inscripción en el registro a quien otorga garantías es al inquilino, no al arrendador.
Asunasu: lo primero sería ir al notario para elevar ese contrato a escritura pública, pero tenga en cuenta que eso no va a permitirle desahuciar al inquilino más rápido. En ese sentido sería una gestión inútil. Lo menos malo que puede hacer si no le pagan es desahuciar al inquilino inmediatamente, no esperar ni un mes.