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Contrato inicial de un año y vivienda permanente.
Cómo podría prorrogarse.
A los 8 años, si ambas partes desean continuar con el arriendo lo mejor es hacer un contrato nuevo.
Si no se hace, el arriendo se prorroga tácita y automáticamente de mes en mes si la renta en el contrato original se pactó mensual, o de año en año si se pactó anual.
En este caso, cualquiera de las partes puede finalizar el arriendo al término de cada mes o de cada año.
Tenga en cuenta que si la renta se actualizase en porcentaje distinto al IPCGN, se consideraría que se ha celebrado un contrato nuevo aunque verbal.
Saludos - Papeleos Alquiler