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Es un contrato para estudiantes, es de once meses pero solo les cobro diez por que a mitad de julio ya han terminado y en septiembre tampoco estan todo el mes, aunque si es verdad que yo no dispongo del piso para alquilarlo a otra gente, pero no me gusta aprovecharme de la gente. Por tratarse de una persona conocida ni siquiera le cobro fianza. Ahora en marzo me llama para decirme que se ha ido. Tengo el piso alquilado porque lo necesito para hacer frente a la hipoteca, al ser zona de estudiantes a estas alturas es dificil que lo pueda alquilar. Mi pregunta es: ¿puedo reclamarle el pago de los meses restantes para finalizar el contrato, o al menos la fianza que no le cobré?
Eso de no cobrarle la fianza es muy bonito, sobre todo cuando tiene la obligación, por ley, de ingresarla en el organismo competente en materia de vivienda de su comunidad autónoma. Y en su caso es de DOS mensualidades al ser un alquiler distinto al de vivienda habitual.
También tendría que darse de alta en hacienda como arrendadora, y tendría que tributar el iva trimestralmente. Sobra decir que tiene la obligación de reflejar esos ingresos en su declaración de renta.
Está muy bien "ganarse un dinerillo", pero antes debería informarse no solo de sus derechos, sino de sus obligaciones. Por cierto, todas esas obligaciones tienen su multa correspondiente.