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El contrato ya se vencio. El inquilino no pago el ultimo mes, ya que vivio la fianza y ahora no quiere ir hasta que consiga residencia, pero ya hay personas interesadas en comprar la propiedad.
Si el inquilino sigue sin pagar le aconsejo el desahucio por falta de pago que es el procedimiento más rápido.
Si paga pero no se marcha a pesar de haber concluido el plazo (dato que habría que corroborar) corresponde interponer un desahucio por expiración del plazo.
En ambos casos requiere abogado y procurador.
Suerte.
El proceso de desahucio consiste en contratar a un abogado y un procurador, para que demanden a su inquilino por impago. (Si es que no paga)
Si paga, y usted no le avisó en tiempo y forma de su intención de no continuar con el arriendo, el contrato se ha podido prorrogar por la tácita, y el plazo de la prórroga dependerá de la periodicidad con que se pactara la renta.
Saludos - Papeleos Alquiler
Hola Charlene:
Si la vivienda está sita(ubicada) en España por los datos aportados la solución sería instar demanda de desahucio por expiración del término(plazo), para lo que requerirá contratar los servicios de un/a abogado/a y un/a procurador/a.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.