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El contrato está sin firmar por mi parte y tiene escrito a mano "pendiente de correccion", para eliminar alguna clausula y mientras se realizaba las reparaciones en la vivienda (humedades,.) de las que no se llegaron a hacer sino algunas, esperando fuera el seguro el que las realizara.Mientras esto sucediera, acordamos verbalmente que, de no hacerse las reparaciones, dejaríamos la vivienda.
Pasados 7 meses, tras dos semanas sin calentador (tiempo que tardo en reemplazarlo), le comunicamos que como no se soluciona la situación, queremos rescindir el contrato tras dos semanas sin calentador, cuestión que ella entiende (por teléfono) y acordamos que mi salida para el mes siguiente.
Ahora la arrendadora niega nuestro acuerdo y me envía un burofax aludiendo a ese contrato que, segun dice, está firmado por ambas parte, cosa que es falsa.
Tengo muchos emails y fotos en referencia a la necesidad de reparaciones continuas. Somos una familia con niños y nos ha sido imposible seguir en la vivienda.
Al usuario dado de baja, por si acaso lo lee habría que recordarle que en ocasiones cuando el inquilino no puede o no quiere seguir pagando el alquiler 'descubre' desperfectos, defectos y averías en el piso alquilado y pretende dejar de pagar por ese motivo. Hay que decir que si deja de pagar, en el juicio de desahucio no va a poder invocar esas averías sean reales o imaginarias y en el mejor de los casos paralizará el desahucio pagando hasta el último céntimo, costas incluidas.
Si efectivamente existen deficiencias graves deberá reclamar su reparación, sabiendo que si se ve obligado a acudir al Juzgado está obligado a demostrar que la reparación corresponde al casero y certificarlo por un dictamen pericial elaborado por persona competente.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).
No, simplemente quería aclarar mis dudas.
muchas gracias por su respuesta.
"de no hacerse las reparaciones, dejaríamos la vivienda"
El contrato está sujeto a la ley de arrendamientos. Esta ley obliga a que la vivienda tenga habitabilidad, y a poder reclamar en caso contrario.
Esta ley no permite rescindir el contrato unilateralmente. ¿ Qué tienes un problema de cláusulas no firmadas o firmadas? Indiferente, pues la ley prevalece sobre ellas.
¿ Qué quieres seguir buscando tres pies al gato y a ver si hay un resquicio legal para aferrarte y poder irte? Deja de ver tanta televisión y series americanas de abogados.
Pero en lo que estoy en desacuerdo es en las clausulas del contrato escrito, por eso no firme.
No es que quiera decir que no hay contrato. Claro que existe pero verbal.
Firmar o no firmar es indiferente. El acuerdo es demostrable y hay contrato. Además, hay una ley q regula los arrendamientos, y cualquier contrato está sujeto a esa ley.
Toda esa documentación gráfica se puede usar para reclamar, incluso judicialmente, las condiciones pactadas. pero no permite un desestimiento unilateral del contrato.
No ha sido una decisión caprichosa ni mucho menos.
ok, pero cual es el contrato válido?
El verbal? el escrito que no firmé por disconformidad?
Alquilé en canarias mientras vivia en la peninsula.
Al llegar me encuentro con que la casa no está en las condiciones que decían que estaba. Bien, como no teníamos residencia y si niños, documentamos gráficamente la situación y quedamos a la espera de que fueran subsanados todos los desperfectos antes de firmar contrato escrito (contrato verbal, creo)
Pasa el tiempo y cuando no es la deficiente instalación electrica (salta el automático continuamente, un pequeño cortocircuito,..) son atascos, o plagas de ciempies que salen de la madera humedecida, hormigas,..
Total, que vamos comunicando todas estas incidencias. Las de urgencia, las solucionaba, eso si, yo tenía que buscar profesional, pedir presupuesto, etc porque la arrendadora vive en la peninsula. Yo trabajo y esto ha supuesto un gran trastono. pues lo último lo del calentador, que es lo que nos hace tomar la determinación de irnos.
Hay contrato que se puede acreditar, esté o no firmado, y es válido a todas luces.
Otra cosa es que puedes reclamar las reparaciones, y deberías hacerlo, alegando al contrato y a la propia ley.
Perdón, se había "hecho"
La revision ya se había echo, en la fecha convenida y discrepamos sólo en el estado de unas plantas de unas jardineras, que ella llama Jardines y que fue una de las clausulas que ibamos a matizar, entre otras.
Es despues de mi burofax cuando todo cambia
Ella ni siquiera tiene copia del contrato. Los recibos acreditan acuerdos en cuanto a la renta, eso si. Estoy al día en todos los pagos.
Previo a su burofax yo le envié uno reflejando las causas y demás, y donde se hacia referencia a la revisión del inmueble por la persona designada por su parte a tal cometido.
Es despues de mi burofax cuando a ella se le antoja no hacer caso del contrato verbal y alude al escrito el cual nunca firme, a pesar de que ella dice en su burofax que está firmado por ambas partes
el pago de las rentas estos meses bien podria acreditar un contrato verbal.
El que no este firmado por tu parte tampoco te protege de la forma que pretendes.
Los recibos bancarios demuestran una relación contractual.
Reclama las reparaciones por burofax y haced las cosas bien.
Pablo.