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oskarhdez

oskarhdez

casero/a

Contrato de alquiler 7 propietarios
Hola, escribo por lo siguiente, tenemos una vivienda en alquiler en la que la propietaria ha fallecido a sus 102 años dejando como herederos a 7 hermanos.
En estos momentos la vivienda se encuentra arrendada desde el 26/02/2013, pero entiendo que al fallecer la arrendadora actual habrá que renovarlo. La idea es que los inquilinos actuales continuen en el piso porque aún no se ha dictaminado ponerlo en venta.

Mis preguntas son las siguientes:

¿hago un nuevo contrato poniendo a los 7 hermanos como arrendadores?

¿me puedo poner por ejemplo yo solo como arrendador y que el resto me firmen un documento que me hagan representante de todos los arrendadores?

¿podemos dejarlo como esta a pesar de la arrendadora fallecida?


Espero que me puedan hechar un cable, muchas gracias de ante mano.
  • Preguntado por: oskarhdez
  • Hace 9 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (4)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
  • oskarhdez

    oskarhdez

    casero/a

    Muy amables, me ha quedado claro.  No hay que modificar el contrato. Se lo notificaremos por escrito y adjuntaremos una hoja con los datos de todos los arrendadores actuales. 
    gracias por las respuestas :)

    un saludo!
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,
    De acurso con Pholmo y Piscis, debe notificarle al arrendatario el fallecimiento y el nº número de cuenta, luego, la renta debe repartirse en el % que le corresponda a cada heredero.
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Lo que deben hacer es comunicarle, por escrito, al inquilino el fallecimiento indicándole la forma de pago del alquiler a partir de este momento. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    No hay que hacer nada, los herederos pasan a ser arrendadores y han de respetar el contrato existente, repartiéndose entre ellos los ingresos y los gastos de la finca y declarándolo a efectos del IRPF
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