Si tiene la firma del arrendatario, con estampar la del arrendador, tiene suficiente.
Si no tiene pacto de intereses, puede remitirle una reclamación por burofax, reclamándole el pago, e indicándole que de no atender el pago, incurrirá en mora, por lo que a partir de ese momento podrá defender en el juzgado el devengo de los intereses legales. (Reclamando la cantidad, más los intereses que se devenguen).
No obstante ello, piense que es muy posible que se vayan acumulando los impagos, por lo que tan pronto haya terminado completamente el mes, y si quiere con un periodo añadido de 15 días, por si es solo un retraso, inicie el desahucio.
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