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¿Qué me interesa mas cuando alquile mi piso,p agar yo los recibos del gas y luz o que los pague el inquilino?
Gracias
matizo la respuesta de Manuel José...no le exigirán nueva documentación, lo que le el exigirán será nueva instalación más boletín
Al dar baja de uno y alta el siguiente puede pasar que si la instalación es MUY ANTIGUA la empresa suministradora ( si te retrasas en dar la nueva alta antes de que lo detecten) te podrán exigir NUEVA documentación como si el piso fuera de primera ocupación ( MUCHOS GASTOS). saludos,
Tuve un inquilino, pagué la instalación de alta de la luz y la puse A SU NOMBRE. Marcharon dejando deuda de luz,comuniqué por fax tal circunstancia aportando copiadel documento de compra de la finca donde está el edificio,contrato de arrendamiento,lectura conmtador,datos del inquilino-titular y nº contador esperando las gestiones para posibilidad de cobro de la deuda. Todo esto para desvincularme de la deuda del inquilino. Mejor baja y alta automática de ambos. No la pagaron y, al tiempo, me dieron de alta al nuevo inquilino.-
Si el titular es el casero, aunque la forma DE PAGO sea en cuenta del inquilino, cuando éste desdomicilia su cuenta NO PAGANDO, es el titular y NO EL INQUILINO el que queda como MOROSO. saludos,
yo tengo más preguntas casi que respuestas. No estoy nada segura de que en caso de impago por parte del inquilino, la compañía suministradora se niegue a la reposición del servicio o a instalar un nuevo contador tras el corte del suministro.
Además, con el sistema actual de facturación de algunas compañías resulta que transcurren MAS DE CINCO MESES hasta que cortan el suministro.
Yo tenía un inquilino que me dijo que había pagado todas las facturas atrasadas y me ha dejado casi quinientos euros de deuda en luz, más los dos últimos meses que no me pagó. El contrato de la luz seguía a mi nombre, así que me ha tocado pagar. Y no es la primera vez que me pasa, aunque sí con estas cantidades.
Pero quiero saber si para la próxima vez, adjunto al contrato de alquiler, debo presentarle a la firma el contrato de cambio de titular de la luz. Si alguien me asegura, eso sí, que luego no voy a tener que pleitear para que me pongan un nuevo contador en caso de impago, que me vuelvan a pedir boletín de Industria, cédula de habitabilidad, etc, etc.
las compañias tienen previsto que haya inquilino, asi que si se le especifica que se ha alquilado la vivienda, las facturas llegaran con los 2 nombres, uno el del propietario como tal y la cuenta bancaria y el nombre del inquilino y así en caso de impago la deuda será del inquilino y no del propietario.
Y esto lo afirmo porque asi vienen mis facturas.
Si están a su nombre y el inquilino no los pagara, le exigirán el pago a vd. en todo el tiempo que durara el desahucio. Los suministros, en tanto está alquilado, mejor a nombre del inquilino. Antes de hacer el contrato mire la SOLVENCIA del futuro inquilino, que en caso de impago tenga fiador,avalista,...etc saludos,