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¿tengo que hacer un nuevo contrato?
¿de qué fecha es el contrato?
entre 1995 y 6 de junio de 2013: http://blog.desalvador.es/2014/09/08/duracion-terminacion-anticipada-vivienda/
Después del 6 de junio de 2013: http://blog.desalvador.es/2014/09/08/duracion-terminacion-vivienda-ii/
Todo depende de lo que quiera pactar con el arrendatario. Tenga en cuenta que puede ser un buen momento para revisar la renta, si es necesario.
Alfonso Cristina: no es necesario. Yo personalmente creo que es lo más recomendable en el sentido de que si no se hace un contrato nuevo, el contrato inicial entrará en tácita reconducción y si pactaron una renta mensual (que es lo más probable) el alquiler se prorrogará mes a mes. Una vez llegados a este punto el casero tiene la ventaja de que no tiene por qué sujetarse a ningún plazo mínimo para dar por resuelto definitivamente el contrato, sino que puede resolverlo cada mes, lo cual le da mucha flexibilidad y creo que es muy deseable para Ud.