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Tengo un inquilino con un contrato desde el 15 de octubre de 1997, me avisa con un mes de antelación que deja el piso, ¿Puede hacerlo antes de que cumpla el año? . ¿quien de los dos establece el momento en el que se revisa el piso?
gracias.
Gracias por vuesta ayuda, el contrato inicialmente fué por un año prorrogable hasta un maximo de 5 años que se ha ido renobando de forma tacita hasta los 15 años, lo que si se pagaba el alquiler de forma mensual, no se si os refería a eso. Lo de determinar el día lo digo porque sin contar conmigo me da un día y una hora para ver el piso y entregar las llaves y a mi ese día no me viene bien, por eso lo preguntaba por si puedo decirle que no, que otro día.
Gracias de nuevo.
Tiene razón Amparo, como casi seguro que hiciste el contrato por meses, le tienes que recoger las llaves el mes que el cliente te diga
El contrato está en tácita reconducción. Esto es, prórrogas de año en año si la renta se pactó anual o de mes en mes si se pactó una renta mensual.
el momento de revisar el piso es el momento de la entrega de llaves. Y claro ahí el inquilino puede apurar hasta el último día al que tenga derecho.
saludos - Papeleos Alquiler.