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Tengo un apartamento amueblado que alquilo para estancias largas, 1 año o más. Está interesada una persona que, por motivos de trabajo, sólo estará 8 meses ¿estaría obligada a pagar 1 año? aunque sólo pagase su periodo de ocupación ¿tendría penalización sobre la fianza?
No tiene por qué, si las cosas las hacéis desde el principio teniendo eso en cuenta.
Si tú estás dispuesto a alquilarlo a pesar de que sólo quiere estar 8 meses, pues le haces un contrato de 8 meses, y cuando pasen los 8 meses, él decide si se va o si prorroga por un año más.
No está obligado a pagar 1 año, para eso tendríais que hacer un contrato de 1 año, pero ya te ha dicho que no, que lo quiere de 8 meses.
No veo ningún problema. El único problema es que tú quieras alquilar por ese plazo, o esperar a otro inquilino que busque un alquiler más largo.
Saludos - Papeleos Alquiler