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usuario eliminado

¿Cómo puedo hacer constar en el contrato que se debe pagar el día 1 del mes sin dejar espacio a tener cinco días de margen?

Yo no puedo retrasarme ni un día en pagar la hipoteca, legalmente me pueden hacer pagar unos gastos y unos intereses.

Entonces yo quiero cobrar el dia X sin días de margen. Puedo? cómo puedo hacer constar esta cláusula, y qué intereses de demora puedo exigir?

  • Preguntado por: Usuario dado de baja
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (10)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
inquilino_ y_propieta ha sido elegida Mejor Respuesta
  • inquilino_ y_propieta

    inquilino/a

    Maria, es que eso es lo que tienen los alquileres...

     

    Pero te propongo dos soluciones:

    1.- Que pidas un mes de garantía: Legalmente sólo puedes pedir un mes de fianza (que debes depositar en el organismo correspondiente). Pero la ley deja abierta la posibilidad de que pidas otras garantías, económicas o no. En este caso, si tu pides un mes más, tendrás ese "colchón" para la hipoteca (o cualquier otro cosa) por si te pagan después de que te lleguen a ti los pagos.

     

    2.- En lugar de que ellos te hagan una transferencia, pásales tu un recibo. El cargo les llegará el día X a su cuenta, siempre igual. Tu no te tendrás que preocupar de nada, porque en el caso de que el recibo sea devuelto te avisará tu banco de alguna forma.

    La pega es que este servicio no creo que sea gratuito (casi todos los bancos cobran por todo). Y este recargo lo deberías pagar tu.

    La otra pega: No sé hasta que punto esto afecta a particulares, pero para empresas es muy habitual. Esto no se suele decir, pero los bancos tienen 20 días para atender los cargos (o recibos) que les llegan...

     

    Es decir, si estás interesada en esta opción, antes de proponérsela a tu inquilino, habla con tu banco acerca del coste de este servicio y del tiempo que puede pasar hasta que veas ese dinero ingresado en tu cuenta.

     

    Saludos.

  • Anisita82

    inquilino/a

    Se me ocurre una cosa que puedes hacer si te molesta estar pendiente. Pide a tu banco que te envíe un sms o a tus inquilinos cuando han hecho la transferencia.

    Mi banco en concreto me manda una alerta con las transferencias tanto recibidas como emitidas

     

  • usuario eliminado

    A ver, el tema hipoteca era un simil, no es que no pude pagar la hipoteca ni nada parecido, lo que no quiero es tener que estar pendiente de si me han pagado o no durante 5 dias, ya que pongo el ejemplo de hipoteca, etc. Se tienen que pagar un dia en concreto y si no pagas tienes un recargo, no veo la diferencia... Pero vaya que me queda claro, por todos vosotros, que la ley en este caso es así.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • Creu

    inquilino/a

    Maria parera.. si no das un margen de pago, estás vulnerando la ley, como dicen abajo. Además, es extraño, porque eso quiere decir que el mes que no tienes alquilado el piso no pagas la hipoteca?

    Yo, desde luego, como inquilino, no firmaría un contrato con tal cláusula.  El contrato que tú hayas fiormado con el banco por tu hipoteca es tu problema, no el de tu inquilino.

    • Respondido por: Creu
    • Hace 14 años
  • Anisita82

    inquilino/a

    María Parera,

    La banca siempre gana.

    Tú no eres el Botín.

    Y como han dicho muy acertadamente abajo, si no puedes hacer frente a los pagos, es mejor que lo vendas, ya que puede que los inquilinos, se marchen, no encuentres más.... no te paguen... pasan tantas cosas.

    Igual que una empresa nunca o casi nunca es rígida al pagar la nómina.. Como ha dicho Amparo por los Festivos.

     

  • usuario eliminado

    A mi me cobran la hipoteca cada 28, sea festivo o no, estos no tienen ningún problema. Porque he de tenerlo yo?

     

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • usuario eliminado

    Yo me refiero a que si me retraso en un pago me cobran intereses de demora, se hipoteca u otro pago, y en no puedo decir que sea ABUSIVO, en cambio si yo exijo el mismo trato estoy abusando...

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 14 años
  • Alting

    profesional

    Puede establecerlo así en el contrato y los intereses de demora que pactables podrían llegar al 8%.

     

    Alting Grupo Inmobiliario | www.alting.com | 93 505 40 40

    • Respondido por: Alting
    • Hace 14 años
  • Alfonso Moyano

    Alfonso Moyano

    profesional

    La LAU prevee 7 días de margen para recibir el ingreso de la renta de alquiler. Puede establecerse pacto en sentido contrario, pero exigir obligatoriamente el día 1 sin margen, (teniendo en cuenta la existencia de los días festivos), me parece una cláusula abusiva; y ni le cuento lo de intentar exigir intereses de demora.

     

    Aún en caso de incluir estas cláusulas en el contrato, quedará al arbitrio de un juez el que pueda cobrarlas; y los importes que podrá reclamar serán tan ridículos, que no le merecerá la pena nunca acudir a un tribunal (pagando los gastos que conlleva), para reclamarlos.

     

    Por otra parte, es su obligación tener una reserva económica para hacer frente al pago de la hipoteca; y si no puede tenerla hasta el punto de no poder asumir una demora de 7 días en el pago, quizá debiera plantearse vender la vivienda.

     

    Saludos cordiales.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Puedes poner que el pago debe realizarse inexcusablemente los días 1 de cada mes, y que si el pago se realiza más tarde de ese día, se pacta una penalización que el arrendatario deberá pagar al arrendador de 30 euros (o lo que sea que te cobre a ti tu banco por el mismo retraso).

     

    Pero no dar algún día de margen me parece algo rígido.

     

    ¿Qué pasa si por ejemplo es semana santa y  los días 1 al 4 son jueves santo a domingo? Le sería imposible pagar hasta el día 5, y el dinero te llegaría a ti el día 6 valor 7.

     

    ¡Pero no sería su culpa!

     

    Se me ocurre otra cosa. Comienza el arriendo un día 25 de mes, y de ese modo si la mensualidad va del 25 de un mes al 24 del siguiente, tendrá que pagarte entre el día 25 al 30 de cada mes.

     

    Espera a ver qué dicen otros.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler 

     

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