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el en contrato de alquiler se especifica que, el inquilino tiene la obligacion de poner el agua y la luz a su nombre, si tras dos meses no lo ha hecho, que pasaria que el arrendador deja de pagar esos recibos, sin darse de baja de los suministros?... se consideraria coaccion?, si a esto le añadimos que no ha llegado a pagar mas que el primer mes y que ya tiene una notificacion por burofax fallida, seria posible interponer una juicio de desahucio express o debemos tomar otras medidas y dar oltros pasos?
Si no paga la mensualidad, debeis demandarlo por impago.
id a un abogado especializado e inciad la demanda. Reclamad tambien las deudas de luz y agua.
armaos de paciencia, porque pueden ser 9 meses; y rezad para que tenga algo de solvencia.
cuanto mas tardeis, peor; id mañana mismo.
este es el mejor consejo que se os puede dar.
pablo.