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Patricia Glez

inquilino/a

¿Con cuanto tiempo de antelación debe avisarte el arrendador de una subida de la renta?

Nosotros pedimos hace un año y medio una bajada de la renta de 200€ euros que el arrendador acepto.

Ahora le hemos comunicado que dejamos el piso y me pide que el último mes de renta sea por el importe que se firmó en el contrato inicial, es decir, sin contemplar la bajada de 200€ que aceptamos ambas partes. ¿Esto puede hacerlo? ¿no debería avisarme con un tiempo de antelación si quiere volver a subir la renta? Me lo comunicó 15 días antes del pago del último mes.

Por otro lado, tengo una aval bancario de tres meses a primer requerimiento y tengo miedo que lo ejecute al 100%, ¿podría reclamar sólo 200€ del aval o cuando se ejecuta el aval siempre es por el 100% del valor?

Muchas gracias

  • Preguntado por: Patricia Glez
  • Hace 10 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • Patricia Glez

    inquilino/a

    Lo unico que tengo por escrito son emails. Tengo un email donde me dice que acepta la bajada de 200€ y ya esta, eso es lo único. Lleva recibiendo el importe de la nueva renta un año y medio y no ha protestado, entiendo que entre el email y las transferencias del banco habria pruebas suficientes para demostrar que la renta se bajo y no la puede subir avisandome tan sólo con 15 días del último y pago y como represalia por comunicarle que dejo el piso. Entiendo que quiera subirme la renta los 200€ que me la bajo, pero me imagino que tendrá que hacerlo con tiempo mínimo de antelación, no 15 días antes del pago.

  • usuario eliminado

    De acuerdo con el compañero PHOLMO.

    Únicamente añadir que ese preaviso debe ser fehaciente, ya que de lo contrario no surtiria efectos.

    • Respondido por: Usuario dado de baja
    • Hace 10 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Si acordaron una reducción de la renta lo lógico es que en ese acuerdo figurara su duración, si no fue así el caseroahora no puede modificar ese acuerdo. Para saber el alcance de su aval tendria que leerlo. Ahora lo que le conviene es cumplir escrupulosamente el contrato en cuanto a su duración, esto es, no puede marcharse hasta el final de una anualidad, preavisando con un mes y debe exigir documento de finiquito o al menos recibo de entrega de llaves.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/  

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 10 años
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