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Hola, tengo un piso alquilado y una de las inquilinas dice que como ha estado un mes de vacaciones no paga los gastos de luz, agua, etc.. Nosotros nunca decidimos cómo deben apañarse para hacernos efectivo el importe, pero siempre se ha repartido entre los tres inquilinos independientemente de si uno se ducha más veces o menos.
¿Cómo deben hacerlo? ¿Se debe estipular esto en el contrato? ¿Deberíamos hacerle un contrato a una de ellas y que sea ella la que administre el piso como "casera"? o mejor le hacemos uno a cada una independientemente. Mis padres son ya mayores y yo no tengo experiencia en esto del alquiler de viviendas, ¿Pueden darme algunos consejos para evitar lios en el futuro? ¿alguna cláusula en especial?
Para evitar problemas le recomiendo que el contrato de arrendamiento sea redactado o supervisado por un profesional de la abogacia. Lo barato sale caro y el pequeño ahorro que le pueda suponer hacer el contrato Ud. mismo le puede salir caro en el futuro.
Los gastos de suministros deben pagarlos los arrendatarios. Lo ideal es que se hubiese pactado en el contrato la solidaridad en las deudas arrendaticias por parte de los arrendatarios o "inquilinos".
De esta manera podria reclamar por entero a cada arrendatario las deudas que pueda haber ya sea por renta o cantidades asimiladas (suministros) y que se pongan de acuerdo despues entre ellos.
www.evictio.com
Yo mejor recomendaría contrato solidario a todos los inquilinos, y ya se apañarán entre ellos cómo y cuanto pagan
Toribios, Yo haría un contrato por habitación con fianza a cada habitación y repercutiendo los gastos generales por nº de personas que sería más equitativo ya que no es lo mismo tres personas en una habitación que una. En estos tipos de alquiler, los problemas vienen por discusiones entre ellos y que uno no pague y se vaya... por eso te digo lo de las fianzas a cada cual
El resto haz caso a Jan
Hola toribios:
1) Usted debe repercutir el coste de los suministros a los arrendatarios.
2) Sí, es conveniente pactar en el contrato la forma de distribución de los suministros entre los arrendatarios.
3º) No, eso no es nada aconsejable. En todo caso sería mejor realizar un contrato de arrendamiento para cada una de las habitaciones de la vivienda.
4) Que el contrato o los contratos sea/n redactados por un/ profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es