En la pregunta hay dos aspectos que nada tienen que ver: 1. La repercusión fiscal de un arriendo 2. La normativa civil reguladora del mismo. El caso que planteas parece tratarse de un supuesto de arrendamiento de temporada, lindando el contrato de hospedaje, dependerá de los servicios que ofrezcas con el alquiler. Si se trata de un contrato de hospedaje habrá que tener en cuanta la normativa adminisitrativa que regula estos contratos.
En mi blog
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar directamente.