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Él no tiene contrato ya que no se lo quise dar hasta que me pagase la fianza, no ha pagado ningún recibo, pero ha contratado el teléfono sin contrato, le he dicho que se vaya que lo voy a vender y se niega a irse ¿cómo puedo echarlo?¿puedo entrar con mis llaves y sacar las cosas que tiene pocas y no dejarle entrar? me puede denunciar? lo puedo denunciar yo como que me está robando?
Al haber recibido la fianza, esto es garantía de la existencia de un contrato (verbal). - al ser verbal y llevar solo 2 meses y no haber cláusulas, yo daría de baja todos los suministros. Aver si continua viviendo sin luz ni agua. Al mismo tiempo comunicaría por burofax con acuse de recibo reclamando la renta adeudada en un plazo de cinco dias p. Ej. y comunicando que si en el plazo de un mes de la fecha del burofax con acuse de recibo no efectuara la deuda,transcurrido el mes no le aceptarían el pago en el juzgado, yendo directamente al desahucio. en tanto no pase el mes puede enterarse y buscar un buen abogado que actyará transcurrido el mes. En tanto trate de persuadirle que en esos dias (hasta el mes ) no se lo cobrará si firma un documento de entrega de llaves. saludos,
Si, ya le dije que le perdonaba las deudas y que se fuera, creo que me quiere sacar dinero, pues asta delante de la policía dijo que le diera 600 euros y le pagase una pensión y que se iria, pero yo no puedo pagarle nada, tengo una hipoteca grande y un sueldo bajo. Como dice el refran encima de p. Pon la cama, que gente. Hay que buscar otra solucion , gracias.
Yo le pediría por favor que se fuera lo antes posible,da por perdido lo que te deba y si empiezas por lo legal seguramente pierdas mucho mas ,Saludos y feliz año a todos
Buenos días y feliz año, deciros como van las cosas, me firmo una rescisión de contrato el día 16 de diciembre donde decía que el día 29 se iba del piso, y yo podía entrar libremente a cambiare cerraduras, el día 29 fuimos para que me diera las llaves y dijo que no se iba del piso asta el día 3, hubo que llamar a la policía cosa que no surtió efecto, me tuve que ir de allí, mi pregunta es que si el da 3 de enero no quiere dejar la vivienda ¿Puedo entrar yo cuando vea que no hay nadie y cambiar las cerraduras? Por favor ayuda, ando desesperada. Para que no aya dudas os pongo exatamente lo que dice: acuerdan: que el arrendatario, rescinden el contrato de arrendamiento haciéndose cargo de efectuar los pagos necesarios como recibos de luz, agua y alquiler que se deban, que corren de su cuenta, a sí como los daños o desperfectos que hubiese o se hubiera realizado en la vivienda, efectuando la entrega de las llaves y el pago de los desperfectos el día 29 de diciembre del 2010. A partir de ese día los dueños del piso en este caso los arrendadores podrán disponer del piso libremente y efectuar el cambio de cerraduras. gracias por vuestra atención y ayuda. Feliz entrada y salida de año.
Hola:
Sólo aclarar que el razonamiento de la existencia de las leyes es mi propia opinión.
Un saludo
Hola Pedro Díaz:
La razón de que existan las leyes es doble: por un lado regular la convivencia humana y, por otro, disuadir que salgan a la luz los instintos más bajos del ser humano.
El caso que usted plantea en su post "pero en casos similares en que gente se mete a vivir en casas que no son suyas, sin mediar por medio ni contrato ni consentimiento del propietario, me parece inconcebible que el dueño no pueda simplemente personarse allí, cambiar la cerradura y tirar todas las cosas del "inquilino"." tiene su reflejo en otras situaciones: Imagine que usted hereda una finca rústica dedicada al cultivo que está delimitada por mojones o linderos y que uno de los colindantes mueve uno de esos linderos en la creencia que usted está ocupando una parte que es suya. La solución más "justa" séría volver a mover el mojón. Pero dicha solución tb le parecería justa al colindante que, a su vez, volvería a moverlo. La razón: ambos creeen que tienen razón.
Conclusión: se aplicaría la Ley de la selva. El más fuerte, inteligente, listo, pícaro,etc.. impondría lo que él considera que es más "justo" al más débil.
Mi opinión respecto a la LAU es negativa. Creo que es una Ley ambigua, oscura, desfasada e insuficiente.
Reciba un cordial saludo
PedroDiaz,No hace muchos meses a un matrimonio de jubilados de Barakaldo,fueron en tren a su piso de Benidorm y a las once de la noche,lloviendo,fueron a meter la llave en su cerradura y no funcionaba,viendo gente dentro.Fueron a la guardia civil y les dijeron que no podían hacer nada hasta que un juez les diera la orden.Tubieron que irse a un hotel y al lunes siguiente poner la denuncia.En el piso habia una familia rumana que decían tener un contrao de alquiler (ASÍ ESTÁ LA LEY)
Jan, no se tome vd. a mal este comentario, pero a mi muchas veces las recomendaciones que dan los expertos en leyes me dejan totalmente descolocado.
Vaya por delante que yo soy lego en temas legales, y no dudo que su opinión es la correcta, simplemente digo que la ley me resulta muy extraña desde mi desconocimiento.
No se si el caso de este post es el mejor ejemplo, pero en casos similares en que gente se mete a vivir en casas que no son suyas, sin mediar por medio ni contrato ni consentimiento del propietario, me parece inconcebible que el dueño no pueda simplemente personarse allí, cambiar la cerradura y tirar todas las cosas del "inquilino".
No se, me da la impresión de que en esos casos, el propietario queda en una situación de total indefensión, teniendo que iniciar un proceso legal largo y caro (que ha de pagar de su bolsillo), teniendo que estar muchos meses sin piso, y con bastantes posibilidades de que al final se encuentre el inmueble destrozado y además se declare insolvente a la gente que está en su piso, con lo que no va a recuperar un duro. Además, los indeseables van a poder irse al día siguiente a otro piso a hacer lo mismo y el nuevo desafortunado propietario va a tener que pasar de nuevo por el mismo calvario.
Al margen de su interpretación profesional como abogado, ¿que opinión le merece el funcionamiento de la ley en estos casos? ¿Cree que es adecuado como funciona? ¿Cree que sería mejor si fuera de otra forma?
Le reitero que mi intención no es polemizar, no dudo que sus consejos legales son los correctos, lo que pasa es que me pongo en el lugar de los afectados y me parece mucho mas "justo" ir al piso cuando esté vacio, cambiar la cerradura y decir que no conozco a ese señor.
¿No le da contrato y le da las llaves del piso?. Si está dentro es unb contrato verbal, está con su permiso.
Si dice que en un plazo te va a pagar que te ponga por escrito que tal dia (POSTERIOR A LA FECHA DEL PRESUNTO PAGO) te entrega las llaves de la vivienda vivienda pudiendo disponer de ella a tu antojo y conveniencia por tener deuda pendiente.
Si pagara con anterioridad no tendría deuda pendiente y anulariais la entrega de llaves. saludos,
¿No le da contrato y le da las llaves del piso?. Si está dentro es unb contrato verbal, está con su permiso. saludos,
Perdón por amar tanta polémica, ahora deciros que a sí están las cosas, me ha dicho que está de viaje por el trabajo que sus hijos están en casa con un sobrino que cuida de ellos, los vecinos me han llamado por que el fin de semana están haciendo fiesta o botellón en el piso, ya ha ido dos veces la policía por escadalo y peleas, cosa que yo no sabía, el hombre me comentó que cuando vuelva de viaje me paga lo que me debe y cuando encuentre otro piso se va pero que no me lo garantiza en dos semanas, yo le he dicho que el piso esta medio vendido que los que lo van adquirir quieren verlo y entrar a vivir lo antes posible, me dice que quiere un recibo de lo que me va a pagar cosa que dudo que lo haga, creo que debe firmarme un documento como se va en un pazo de tiempo determinado antes de darle yo ningún recibo, tengo impagados dos recibos de luz y uno de agua, que me ha podido devolver el banco y he dado orden de no cobrar ninguno mas, espero que se vaya por su propia voluntad, pero no se exactamente que pasos a seguir o bien por un desahucio expres o a la fuerza bruta, deciros de nuevo que yo tengo el contrato el no tiene nada mas que el nombre de mi marido y el numero de cuenta para hacer un ingreso que no a efectuado, gracias por vuestras respuestas y ayuda, un saludo.
Hola:
1º) "El día que los abogados o los juzgados, mientras duren los procedimientos, se encarguen de los gastos hasta que se dicte sentencia firme, todos los ciudadanos estaremos encantados de someternos de forma práctica al imperio de ley,"
Sin comentarios. El razonamiento se cae por su propio peso.
2º)"te cuento la mejor solución y la mas barata y que menos tiempo te va a llevar, la solución es que te rebaje a su nivel y para un carbón otro carbón mayor, me entiendes, no pagas pues cobras pero bien cobrado, eso si no le pagues a vista de nadie, por que si no encima te caes con el muerto tu, y lo mas gracioso es que esto me lo recomendó un policía, para que veas hasta donde llegamos en esta España querida. En fin en tus manos queda"
Ya puestos, también puede someterle a tortura o abusar sexualmente de su pareja , para que aprenda. Eso sí, póngase en contacto con el amigo policía del Sr reporte para que le indique cómo hacerlo sin que "le caiga el muerto encima".
3º)"Disculpad todos, pero si no he entendido mal, no hay ningún contrato de arrendamiento por lo cual no puede solicitarse un deshaucio. Si es un acuerdo verbal, cómo va a demostrar el "inquilino" que existe tal acuerdo? Por otro lado, podría denunciar al "inquilino" por allanamiento de morada. Si el "inquilino" dice por ejemplo que es amigo y que le dejó la casa, el propietario puede igualmente denunciarlo y decir que se la dejó por una semana, pero entonces creo que el "inquilino" se podría declarar OCUPA. Evidentemente si no hay ningún contrato de arrendamiento, el propietario puede dar de baja todos los servicios dado que a efectos legales no hay nadie viviendo en ese piso y el propietario puede decir que el no tenía conocimiento de que hubiesen allanado su vivienda."
a) Existe contrato de arrendamiento escrito, pese a que el arrendatario no disponga de una copia.
b)¿ Y cómo va a demostrar el propietario que no lo hubo?. La carga dse probar un hecho corresponde, normalmente, a quien lo alega.
c) Me gustaría ver la cara del policía que recogiera tal denuncia." Pues sí, ya ve, hace unos 30 días que este señor allanó mi morada y no le da la gana irse"
Lo de "declararse ocupa" en fin...mejor será correr un tupido velo
Un saludo
Disculpad todos, pero si no he entendido mal, no hay ningún contrato de arrendamiento por lo cual no puede solicitarse un deshaucio. Si es un acuerdo verbal, cómo va a demostrar el "inquilino" que existe tal acuerdo? Por otro lado, podría denunciar al "inquilino" por allanamiento de morada. Si el "inquilino" dice por ejemplo que es amigo y que le dejó la casa, el propietario puede igualmente denunciarlo y decir que se la dejó por una semana, pero entonces creo que el "inquilino" se podría declarar OCUPA. Evidentemente si no hay ningún contrato de arrendamiento, el propietario puede dar de baja todos los servicios dado que a efectos legales no hay nadie viviendo en ese piso y el propietario puede decir que el no tenía conocimiento de que hubiesen allanado su vivienda.
Si lleva poco tiempo y no hay contrato ni justificante alguno lo más práctico es lo quye dice Mari Lois ( aunque no legal). No es legal porque existe el contrato verbal.pOR ESO YOI DARÍA baja todos los suministros, supresión buzón y si no resulta, lo dicho, sabiendo el posible riesgo si él tiene alguna prueba. saludos,