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Si devuelve la fianza al marcharse el inquilino se expone a que en unos días le lleguen devueltos todos los recibos de gas de los últimos seis meses, en algunas comunidades incluso más, y luego qué? se come el marrón de una deuda que puede llegar a los 1000€ si hay consumo de calefacción? o inicia una demanda que casi nunca prospera?
Eso pasa por hacer las cosas mal, si se hiciera un cambio de titularidad no habría posible reclamación contra el propietario con todas las ventajas que supone esta libertad al inquilino.
Dar de baja el contrato subrogado y dar de alta uno nuevo. Que sean las respectivas compañías las que reclamen el importe debido al que fuera titular del contrato en el momento de generarse el consumo.
Es una pregunta que en el terreno de la pura teoría no tiene respuesta o al menos yo no la se. En la práctica habrá en cada caso concreto que tomar las medidas previas para evitar ese resultado. Te sugiero leas mi post http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2010/04/la-ley-162009-y-los-alquileres.html y si se te ocurre algo me lo digas.