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La persona que ha estado viviendo en mi propiedad tres años, se ha marchado dejando las llaves a un vecino y no ha firmado la finalización del contrato?. Se le ha enviado un Burofax a su empresa, habiendo recibido la notificación, pero no ha hecho caso del requisito.
Puedo volver a alquilar mi vivienda? ¿Qué hacer en estos casos ya que tal vez estén corriendo los meses en su contra, teniendo que abonar aunque no viva e incluso una anualidad nueva, ¿sería asÍ'.
Hola alquiler:
salvo que en el contrato conste expresamente la facultad del arrendatario de desistir del contrato antes del plazo de duración pactado o de cualquiera de sus prórrogas, ante la pretensión de resolución unilateral por parte del arrendatario,puede ocurrir :
1. Que el arrendador(usted) la acepte sin reserva, dando lugar a la resolución bilateral y de mutuo acuerdo, lo cual no conlleva otras consecuencias que la extinción del contrato y de las obligaciones recíprocas que de él se deriven.
2. Que el arrendador rehuse la entrega de y exija el cumplimiento del contrato judicialmente.
3. Que el arrendador acepte las llaves dando por resuelto el contrato, pero documentando que la resolución ha tenido lugar por la exclusiva voluntad del arrendatario, para ejercitar una acción de resarcimiento de daños y perjuicios.
el profesional al que le sugiero que acuda le asesorará sobre los pros y contras de cada una de las opciones
reciba un cordial saludo.