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¿cómo puedo entrar a mi vivienda y enseñarla si los inquilinos anteriores se han ido comunicándolo vía sms y no han entregado las llaves, y no se ponen al teléfono? . Como no está firmada la rescisión de contrato.? Gracias
Samot ,- su "otra solución" actualmente extemporánea para la consultante, de acudir con un notario para tomar la posesión de la vivienda la veo sumamente peligrosa e ilegal para el arrendador y tengo serias dudas de que un notario, conocedor de los hechos, se preste a ello.
Estoy de acuerdo con Pedro Martínez, otra solución es abrir el piso con presencia de un notario y que levanté catea, es más económico menos de 400
Desde luego, la respuesta de p. Sanxis " El abogado gratuito" me ha dejado estupefacto, por provenir de alguien que manifiesta ser titular de una profesión tan digna, a cuyos profesionales, todos acudimos cuando precisamos de consejo legal.
No me extraña que sea gratuito
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
Contesto al abogado gratuito, nadie puede renunciar a obligaciones y entrar en una vivienda ajena con base en un SMS puede ser muy arriesgado.
Análisisi
El SMS es una renuncia al contrato de alquiler, sobre cuyo valor juridico no debe tener dudas si se atiene al caso Undargarin y otros. . Por tanto, llame a un cerrajero que cambie la cerradura ya que el arrendatario ha manifestado su deseo de abandonar el piso y resolver asi el contrato. Siempre y cuando lo haya abandonado efeetivamente, claro.
Mendesa pues ya sabe lo que tiene que hacer, no es buena idea entrar en esa vivienda, le sugiero la lectura de este enlace: http://www.pedrohernandezabogado.com/2009/09/la-inviolabilidad-de-la-vivienda.html
Mendesa,.- Cuando tenga el laudo tendrá que pedir la ejecución del mismo ante el juzgado, siempre y cuando no lo cumpla la otra parte, lo cual suele ocurrir y todo ello con la consiguiente nueva espera.
Particularmente a mí nunca me ha gustado el arbitraje, por varias razones, entre ellas que el juzgado tiene que intervenir en ultima instancia, si no lo cumple el arrendatario y para llegar a ese punto, prefiero no acogerme al arbitraje y acudir directamentre al juzgado.
hola yo me encuentro en la misma situación, me ha comunicado por SMS que se va . Yo lo tengo a través de la corte arbitraje esperando el laudo. Lo q no se i podré entrar a la casa con el laudo?
Mientras tanto no se puede cambiar la cerradura y esperar.
¡¡¡ otro contrato hecho de p. M.!
no puedes entrar ya que cometerías un delito penado con carcel
¿y si están tendiéndote una trampa y al entrar te denuncian?
como te ha dicho Pedro,debes demandar junto con un abogado y esperar
No puedes entrar, solo interponer una demanda de desahucio.
pedro Martínez
Abogado
50041@icagr. Es