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Es necesario registrar el contrato?, y tengo que hacer trimestres?
El inquilino va a solicitar las ayudas al alquiler
Mariem el maghraoui Para hacer una pregunta al foro ,debes pinchar arriba a la izda. en "pregunta a la comunidad" y se te responderá,ya que la has realizado en un hilo de otro tema y encima de hace un año.
A) si alquila el piso a un particular para vivienda solamente tendrá que hacer recibos de alquiler, si le paga por banco ni siquiera eso. Luego deberá declarar ese alquiler con las reducciones y deducciones que procedan en su declaraciçón anual d eirpf.
b) si alquila a una empresa o a un particular pero no como vivienda, el alquiler estará sujeto a iva que deberá repercutir y liquidar e ingresar trimestralmente. Deberá en tal caso emitir facturas en forma.
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Consulta Legal se está cubriendo de gloria.
Como te ha dicho javiersantander, dependerá del tipo de contrato y a quién se lo alquiles.
Buenas noches,
No tienes que realizar factura. Lo que sí tienes que hacer es declarar el ingreso en la declaración del IRPF.
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Si el alquiler es de vivienda no tienes que hacer factura ni trimestrales.
lo importante es saber si el contrato es de vivienda o no.