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El próximo mes alquilo mi piso y quisiera saber si hay alguna cláusula legal que indique que si el inquilino incumple alquna de las cláusulas que firmamos los dos en el contrato puedo rescindirle el contrato.
Muchas gracias
Una vez firmado, el contrato solo puede rescindirse por acuerdo entre las partes, firmando un fin de contrato, o por orden del juez.
Saludos - Papeleos Alquiler
los arrendamientos se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos, y prima ésta sobre cualquier cláusula firmada entre las partes. Dado que la propia ley establece los motivos de desestimiento de contrato, una cláusula como la que indica sería considerada nula y no tendría efecto ninguno.