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Anapa

casero/a

Clausula de cancelación del contrato de alquiler por venta de vivienda

Hola,
Si ambas partes así lo acuerdan, es posible incluir en un contrato de arrendamiento de un año de duración una clausula de cancelación del contrato de arrendamiento por venta de la vivienda alquilada? Existiría el riesgo de consideración de claúsula abusiva? Gracias

  • Preguntado por: Anapa
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (8)
Alvaro_Iruñaa ha sido el primero en contestar
Crazyh ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    En un contrato de temporada tampoco sería válido pactar visitas al domicilio. 

    El contrato de temporada tiene otro tipo de gravamen fiscal.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Anapa

    casero/a

    Gracias Alvaro_Iruñaa!  por lo que veo el cumplimiento de las claúsulas de este contrato dependerían exclusivamente de la buena voluntad del inquilino en hacerlo ... y no de lo acordado formalmente.

     

    • Respondido por: Anapa
    • Hace 12 años
  • Alvaro_Iruñaa

    profesional

    Tendrás que demostrar: se entiende que si el inquilino no quiere marcharse voluntariamente.

  • Alvaro_Iruñaa

    profesional

    La situación sólo podría cambiar si se trata de un alquiler de temporada, y por tanto no prorrogable.  Pero aquí no caben fraudes, tiene que ser realmente de temporada.  Realojo de trabajadores para temporadas concretas de trabajo, estudiantes, etc.  pero tendrás que demostrar, llegado el momento, que el alquiler es realmente de temporada y no de vivienda habitual!

  • Anapa

    casero/a

    Gracias por las tres respuestas... porque además parece que no hay lugar a dudas.

    En el contrato se iba a dejar constancia expresa de la intención de vender la vivienda y de que aceptaba que se realizaran visitas a la misma. ¿Supongo que no cambiará en nada la situación si el contrato se hiciera para menos de un año, verdad? 

    • Respondido por: Anapa
    • Hace 12 años
  • javier diez

    javier diez

    casero/a

    Tampoco creo que se pueda vender una casa, si tu como inquilina, no permites que la vean

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Totalmente de acuerdo.

    esa cláusula Minoraría los derechos del inquilino con respecto a los que le otroga la lau, y según el artículo 6 de la propia lau, Ese tipo de cláusulas. Son nulas y se consideran como no puestas.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • Alvaro_Iruñaa

    profesional

    No es que haya riesgo, es que sería, sin lugar a interpretaciones, una cláusula nula y por tanto no la podrías hacer valer.

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