Una cláusula tan genérica entiendo que no sería admisible pues habrá que incluir en el contrato que en el plazo X se va a necesitar la vivienda para si mismo. No obstante, si el arrendatario paga no debería Vd. estar preocupado por tenerlos allí durante cinco años; el problema lo tendría Vd. si no pagan pero para eso está del procedimiento judicial de desahucio.
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