Mi casero es un moroso y no creo que me devuelva la fianza ¿qué hago?
Hola, mi caso es el siguiente alquilé el piso el 7 de octubre del 08 queda poco para finalizar el contrato y sabemos que el dueño de la vivienda esta mal económicamente, ya que una vez nos comentaron que a lo mejor teníamos que dejar el piso porque tenían que venderlo, a lo que comprensivamente le dijimos que no pasaba nada que entendíamos la situación, han pasado los meses y hemos avisado con más de 30 días de antelación que nos vamos del piso y comentamos al dueño la intencion de no pagar el último mes y que lo cobre de la fianza ya que sabemos que tiene muchas deudas y no tenemos la seguridad de que nos reembolse la fianza, ¿qué podemos hacer? en el caso de no pagar este último mes qué nos podría pasar? ¿hay alguna forma de reclamar mi fianza?
Gracias por las respuestas , lo del coeficiente dudo que sea el medio pero bueno, otro problema adicional es que no se si ha depositado la fianza en la administracion, ¿cómo puedo comprobar si lo hizo?¿¿si no fuese así qué pasaría??¿habría hecho algo ilegal??
Para recuperar la fianza hay que esperar hasta que el arrendador la recupere de la administración donde debió depositarla, con el límite de un mes para no añadir intereses. Si esa espera no da resultado, el arrendatario puede interponer una demanda judicial que al final hará más gravosa la obligación del arrendador, porque tendrá que pagar las costas del pleito.
En mi opinión lo verdaderamente importante es resolver el contrato mediante acuerdo, dejando constancia escrita de la ausencia de daños en la vivienda. El arrendador tiene un inmueble a su nombre en el registro de la propiedad y es fácil presa de un embargo, que se puede pedir y obtener incluso antes de iniciar el pleito como medida cautelar si se teme una venta. Por eso si el arrendador tiene un coeficiente mental medio comprenderá que no le interesa retrasar la devolución de la fianza más allá del mes que le da la ley desde la resolución del contrato. Optar por la recuperación de la fianza compensándola con la renta del último mes es innecesario y seguramente dificultará lo más importante, el acuerdo con ausencia de responsabilidades pendientes mencionado arriba. Si, a pesar de los inconvenientes, opta por la última vía, el arrendatario debiera guardar prueba de haber comunicado al menos con 30 días de antelación - todavía está a tiempo - su voluntad de no renovar el contrato, además de estar muy seguro de que podrá probar que ha dejado la vivienda sin ningún daño ni responsabilidad que pudiera luego reclamar el arrendador.
En resumen, las ventajas de acudir a un pleito ganado se podrían volver en contra del arrendatario si el arrendador encuentra alguna responsabilidad del arrendatario que no haya sido saldada, es decir, si la renta que no se paga más la posible responsabilidad pendiente supera a la fianza.
Una vez hecho el documento de entrega de llaves y fin de contrato sin desperfectos , la ley da al casero 30 días para devolver la fianza.
Si pasados esos días no lo ha hecho, podéis ponerle una demanda en el juzgado por esa cantidad.
Si es menos de 900 euros no necesitáis abogado ni procurador, bastará con rellenar un impreso que os facilitarán en el juzgado, aportando el documento que antes he mencionado en el que figura que no había desperfectos y os devolverían la fianza.
Es importante pues que dejéis el piso "perfecto" para que no tenga motivos para descontar ninguna reparación de la fianza.
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