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Si en la casa que tomé en arriendo estoy corriendo peligro, ¿puedo entregarla si que me hagan cumplir las cláusulas de cumplimiento? o por el contrario tengo que pagar la cláusula, pues en el sector donde vivo ya han habido más de 10 atracos y el trabajo de mi esposa requiere entrar y salir en altas horas de la noche.
El contrato solo puede resolverse por acuerdo entre las partes, o en su defecto por la orden de un juez.
Saludos - Papeleos Alquiler.