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Estoy redactando la carta de rescisión contractual en la que expresamente estoy haciendo constar que ha incumplido el plazo del contrato y que no le voy a devolver la fianza, ¿es correcto? gracias
Hola zelanda:
gracias por aportar más datos. Conforme a los mismos en el documento de rescisión de contrato debería constar:
1º) Que El Desistimiento es unilateral del arrendatario.
2º) Que se aplica la cláusula x del contrato relativa a si el arrendatario se marcha antes de un año o de cualquiera de sus prorrogas ha de indemnizar con una mensualidad
3º) Que ,Aparte de lo establecido en el punto 2º, la fianza depositada que asciende a. Será devuelta si procede en el plazo de 30 días una vez que el inmueble haya sido revisado,etc.
de esta forma, aparte del mes como indemnización en caso de haber despefectos o factiras impagadas podrá deducirlos de la fianza.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
Pues si lo tienes por escrito y lo han firmado considero que estás actuando bien
Para Jan abogado:
El contrato es anual prorrogable hasta cinco años y en el mismo hay una clausula que dice que si el arrendatario se marcha antes de un año o de cualquiera de sus prorrogas ha de indemnizar con una mensualidad. Los inquilinos se han marchado sin motivo alguno y a un inmueble de al lado. Gracias
Hola zelanda:
sin tener más datos sobre el caso(tipo de contrato, duración, motivo de las rescisión,etc. ) es una temeridad afirmar que la solución adoptada por la consultante sea la mejor.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
Yo estoy de acuerdo siempre y cuando la fianza no sea una cantidad muy elevada y los motivos que alega para irse antes de plazo no sean por ejemplo por trabajo
Es perfectamente correcto y absolutamente recomendable que lo hagas, la fianza responde de los incumplimientos del inquilino, y el del plazo es esencial hasta el punto que podrías exigirle el pago de las mensualidades restantes hasta la finalización del contrato o la prórroga vigente, o al menos hasta que consigas un nuevo alquiler. Además conviene dejar constancia de los desperfectos que pudieran quedar en la vivienda, y del consumo que marquen los contadores de los diferentes suministros, pues la fianza también está para hacer frente a los que queden impagados.
De esta manera, además de no devolver la fianza, podrías reclamar los gastos de reparaciones, si son necesarias, y de los suministros pendientes de pago a la fecha de entrega de llaves.