Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Hola. Tengo un piso alquilado a dos personas, pero por motivos de trabajo, uno de ellos debe cambiar de ciudad. La persona que va a quedar en el piso me ha ofrecido quitar al otro titular e incluir a otro amigo suyo, a lo que yo en principio no pongo ningún problema, pero desconozco el procedimiento a seguir. Mencionar también que el contrato vence dentro de 4 meses.
¿Es necesario cancelar el contrato actual y hacer uno nuevo o es suficiente con un anexo?
En principio los inquilinos quieren aplicar el acuerdo los 4 meses que restan de contrato, porque después se irían. ¿De tener que hacer un nuevo contrato, entiendo que habría que hacerlo solo por esos 4 meses y no podría ser de vivienda habitual sino vacacional, es asi?
Tengo la fianza depositada en la Comunidad de Madrid, ¿sería necesario devolver el 50% al titular que sale y exigir el otro 50% al nuevo titular?
Gracias!!
Hola,
Un anexo es la mejor opción, el 50% de la fianza que se la de el nuevo inquilino al que se va, ojo deben firmar el anexo todas las partes.
Coincido con el compañero Jan, sin embargo la calificación de arrendamiento de vivienda o no, no corresponde hacerla al arrendador, se basa en que los arrendatarios no tenga otra vivienda habitual.
Descargue el DICCIONARIO JURIDICO DEL ALQUILER
Para ampliar más o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/
Hola drin:
1) Basta con realizar un anexo. Le sugiero la lectura del artículo 8 de la Leu de Arrendamientos Urbanos de 1994.
2) el contrato, incluida la duración, seguirá vigente en todos sus puntos una vez opareda la cesión(cambio de arrendatario).
3º) en su caso es la mejor opción.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es