Apreciado Merjo:
Por supuesto que no. Es más, tu actuación podría ser calificada como una infracción penal.
Te aconsejo que hagas las cosas bien y cuanto antes, le reclames mediante un abogado la deuda, y si no paga en el plazo dado, interpongas inmediatamente una demanda de desahucio. Si el inquilino tiene un salario u otros bienes o derechos ahora o en el futuro, cobrarás integramente la deuda que se mantenga contigo hasta el mismo día en que se te devuelva la posesión del inmueble.
Guimaraens Abogados por 375 euros más la cuantía que en concepto de costas se pueda cobrar al inquilino deudor, le tramitará integramente el procedimiento de desahucio y la reclamación extrajudicial previa. Tramitamos procedimientos en toda España en el plazo más breve posible. Nuestra prioridad es que nuestros clientes queden satisfechos. Puede recibir más información en el 934879483 o en
www.guimaraens.es.
Un saludo,
Guimaraens Abogados
Bufete especializado en arrendamientos en general y en desahucios en particular
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