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El local estaba completamente diafano, sin luz ni agua ni gas, entregado de obra.Abrimos una escuela infantil para lo cual tuvimos que realizar una importante obra y desembolso para su apertura. Ahora por no ser viable tenemos que cerrar. Una conocida del dueño, estaba interesada en el traspaso, pero creo que va a esperar a que salgamos para asi no tener que cargar con los gastos del traspaso, y no quiero dejarle nada por lo que yo he pagado. En el contarto pone que toda obra realizada sera en beneficio del local. Lo mismo que queda detallado que el local se entrega segun lo dejo la constructora. Después de mucho leer en diversos foros no me queda claro que me puedo llevar. La tarima, la instalacion electrica, los inodoros, el aire acondicionado? Si puedo llevarmelos, lo hare, pero no estoy seguro.
Gracias.
Ante todo hay que leer atantamente el contrato, y tener en cuenta que el arrendatario no puede'llevarse' aquello que ha quedado incorporado al inmueble es decir solamente puede llevarse los bienes muebles entendiendo como tales los que se pueden transportar de un punto a otro sin menoscabo de la cosa inmueble a que estuvieren unidos.
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Hola! me ha pasado exactamente lo mismo! y tampoco lo tengo claro! yo creo que la iluminación extra, la tarima... si me lo puedo llevar, no?